SCJN ordena a SEP eliminar imagen de Lorenzo Córdova en libros de texto tras amparo por derecho al honor

En mayo de 2015, salió a la luz un audio en el que Córdova, entonces presidente del INE, se burlaba de la forma de hablar de un líder indígena

Córdova ofreció disculpas públicas y afirmó su respeto a los pueblos indígenas.
Córdova ofreció disculpas públicas y afirmó su respeto a los pueblos indígenas.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió un amparo al exconsejero presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova Vianello y determinó que la Secretaría de Educación Pública (SEP) vulneró su derecho al honor y a la reputación al utilizar su imagen como ejemplo de discriminación en libros de texto gratuitos.

La resolución fue emitida por la Segunda Sala de la SCJN, que instruyó a la SEP retirar la figura del exconsejero presidente del Instituto Nacional Electoral (INE) de los materiales educativos.

EL ORIGEN DE LA POLÉMICA

En mayo de 2015, salió a la luz un audio en el que Córdova, entonces presidente del INE, se burlaba de la forma de hablar de un líder indígena. La conversación con Edmundo Jacobo, secretario ejecutivo del INE, generó críticas y acusaciones de discriminación.

En la grabación se escuchaba, “No mames, no voy a mentir, te voy a decir cómo hablaba ese cabrón: ‘Yo jefe gran nación Chichimeca, vengo Guanajuato, yo decir a ti o diputados o para nosotros, no permitir elecciones’”, dijo.

Córdova ofreció disculpas públicas y afirmó su respeto a los pueblos indígenas.

imagen-cuerpo

LA SEP Y EL USO DE SU IMAGEN

Pese a la disculpa, la SEP incluyó la figura de Córdova como ejemplo de discriminación en el libro Proyectos Comunitarios para sexto grado, correspondiente a los ciclos escolares 2023-2024 y 2024-2025. En el texto se leía: “En México, el presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova Vianello, se mofa de los representantes de las naciones originarias”.

La SCJN consideró que esta representación mostraba solo una parte de los hechos, afectando la percepción pública sobre las cualidades morales y profesionales de Córdova. Según la sentencia, esto transgrede el derecho al honor, pues “modifica la opinión, idea o concepto que la gente tiene sobre dicha persona”.