El Congreso de la Ciudad de México aprobó una reforma a la Ley de Movilidad que obligará a quienes conduzcan scooters, bicicletas eléctricas y bicimotos a contar con licencia de manejo y documentación oficial.
La iniciativa, impulsada por la jefa de Gobierno, Clara Brugada, obtuvo seis votos a favor y una abstención en la Comisión de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial.
Con los cambios se crea la figura legal de Vehículo Motorizado Eléctrico Personal (Vemepe), que abarca unidades con acelerador independiente, dos o más ruedas y una velocidad máxima superior a 25 km/h. Esta categoría busca cerrar vacíos legales que impedían regular su circulación, pese a que algunos modelos alcanzan velocidades similares a las de una motocicleta ligera.
LOS VEMEPE SE CLASIFICARÁN EN:
Tipo A: menos de 35 kg.
Tipo B: más de 35 kg y hasta 350 kg.
De acuerdo con el presidente de la comisión, Miguel Ángel Macedo Escartín, la reforma pretende armonizar la legislación local con la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, así como responder al creciente uso de estos vehículos en calles y ciclovías.
También establece límites de velocidad, requisitos de operación y la obligación para la Secretaría de Movilidad (Semovi) de rediseñar espacios para peatones, ciclistas y usuarios de movilidad personal.
En los últimos años, scooters y bicicletas eléctricas han pasado de ser una alternativa de nicho a un medio de transporte común en la capital, gracias a su bajo costo y facilidad para esquivar el tráfico; sin embargo, la ausencia de una categoría específica en el Reglamento de Tránsito impedía exigir licencias o aplicar sanciones claras.
No todos los legisladores respaldaron el dictamen. Patricia Urriza Arellano, de Movimiento Ciudadano, advirtió que la redacción podría contradecir la ley federal y propuso aclarar la clasificación para que los vehículos de tracción humana que superen los 25 km/h no se consideren motorizados, y que cualquier eléctrico que exceda esa velocidad sí requiera licencia.
PLAZOS PARA SU IMPLEMENTACIÓN
El decreto establece un plazo de 360 días, a partir de su publicación, para que la jefatura de Gobierno ajuste el Reglamento de la Ley de Movilidad y el Reglamento de Tránsito. Esto significa que la reforma ya está aprobada, pero su aplicación dependerá de los lineamientos técnicos y administrativos que se definan en ese periodo.
Cabe destacar que, la medida transformará la cultura vial de la ciudad, incorporando a miles de usuarios de micromovilidad al régimen de obligaciones que hoy tienen automovilistas y motociclistas con el objetivo de reducir accidentes y unificar reglas para todos en el espacio público.