Pena de 65 años para feminicidas


El Pleno del Congreso del Estado aprobó por unanimidad de los legisladores locales el dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos que establece como pena máxima para quien comete el delito de feminicidio a 65 años.

Por: César Fraijo


La iniciativa, que fue promovida desde el 12 de diciembre del 2019 por el diputado local del PES, Carlos Navarrete Aguirre, propone reformar el artículo 263 Bis 1 del Código Penal del Estado de Sonora.



El representante popular del Distrito local VII recordó que el año pasado en el país se registraron 976 feminicidios, y en este año, en dos meses, se tienen contabilizados 250 feminicidios a nivel nacional.



Las reformas al Código Penal del Estado serán turnadas al Boletín Oficial del Estado para su promulgación.



Piden 25 años para jubilación



Que los policías municipales, agentes ministeriales de investigación criminal, policías estatales, penitenciarios de Seguridad Pública y bomberos del Estado, puedan jubilarse por 25 años de servicio, es la propuesta de la diputada local Magdalena Uribe Peña



La coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en el Congreso local, Magdalena Uribe Peña, explicó que con su iniciativa se reformarían, la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Sonora (Isssteson); Ley del Servicio Civil y Ley de Seguridad Pública para el Estado de Sonora.



Expuso que en su iniciativa quedan excluidos aquellos trabajadores interinos, eventuales, temporales y los que sean contratados para obra o por tiempo determinado, aun cuando la prestación del servicio se prolongue más de seis meses y por varias ocasiones.



La iniciativa de Ley de Jubilación por 25 años de Servicio y por Antigüedad para los cuerpos de Policía Municipal, Bomberos, AMIC, Estatal de Seguridad Pública y Penitenciarios del Estado de Sonora, fue turnada a la Comisión de Asuntos del Trabajo y de Seguridad Pública para trabajar en un dictamen en forma unida.



En el apartado de “riesgos de trabajo”, la legisladora explicó, que si algún miembro de la corporación policial estatal o municipal, o de bomberos recibiera alguna amenaza por la labor realizada, esta deberá ser considerada como riesgo de trabajo, y si esta amenaza se llegara a cumplir será y deberá ser considerado como accidente de trabajo, ya sea si el elemento esté dentro del servicio o fuera de él.



Se consideran como enfermedades propias del trabajo, el trastorno ocasionado por el estrés laboral, (burnout) o estrés postraumático y de fatiga conocido como el síndrome tridimensional caracterizado por agotamiento emocional el cual comprende sentimientos de una persona emocionalmente exhausta por el trabajo.



Además del estrés provocado por las labores del trabajo, las infecciones contagiadas por los detenidos, los cambios en la salud ocasionados por los humos tóxicos, las lesiones provocadas por riñas o las que por consecuencias de trabajo de rescate o cualquier intervención debidamente documentada.