Las personas que no realizaron a tiempo el registro obligatorio de su línea telefónica aún tienen la posibilidad de recuperar su número, siempre y cuando completen el trámite dentro de los 90 días posteriores a la suspensión temporal del servicio, informó la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT).
La medida aplica para las líneas que no fueron vinculadas con la Clave Única de Registro de Población (CURP), en el caso de personas físicas, o con el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), para personas morales, conforme al calendario establecido por la autoridad.
USUARIOS AÚN PODRÁN RECUPERAR LÍNEAS SUSPENDIDAS POR NO REGISTRARLAS
De acuerdo con la CRT, el procedimiento para reactivar una línea puede realizarse de manera digital a través del portal oficial del organismo y del sistema habilitado por la compañía telefónica correspondiente.
Para recuperar el servicio, los usuarios deben ingresar al portal de la CRT, seleccionar la opción de registro de línea, elegir su operador telefónico, capturar el número celular, subir fotografías de una identificación oficial por ambos lados y validar su identidad mediante la cámara del teléfono móvil.
Una vez concluido el proceso de verificación, la línea podrá ser reactivada, siempre que el trámite se realice dentro del periodo establecido.
Mientras una línea permanezca suspendida, el usuario únicamente podrá efectuar llamadas de emergencia, por lo que no tendrá acceso al resto de los servicios de telefonía móvil.
La CRT explicó que el registro obligatorio busca asociar cada número telefónico con la identidad de su titular para combatir el uso anónimo de líneas relacionadas con delitos como fraudes, extorsiones y robo de identidad.
Las personas que prefieran realizar el trámite de manera presencial pueden acudir a un Centro de Atención a Clientes de su operador telefónico. En ese caso deberán presentar una identificación oficial, proporcionar la información requerida y permitir la captura de sus datos biométricos para validar su identidad.
ESTE ES EL PLAZO PARA HACERLO
La autoridad advirtió que el plazo de 90 días es determinante, ya que una vez vencido, algunas compañías pueden reutilizar y reasignar los números que permanezcan inactivos, lo que implicaría perder definitivamente la línea.
Asimismo, recordó que durante agosto de 2026 deben completar el registro los usuarios cuyos números telefónicos terminan en 0, antes del 15 de agosto, y los que concluyen en 1, antes del 30 de agosto, con el fin de evitar la suspensión temporal del servicio.




